PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
Una oportunidad para las empresas para afrontar su digitalización con seguridad. Como inicio de este artículo, me gustaría darle importancia a la idea sobre la cual gira el mismo al completo: La información y los datos que maneja una empresa, es uno de sus mayores activos y este debe ser protegido de la mejor manera posible teniendo en cuenta las tecnologías utilizadas para su tratamiento. A estas alturas, ya casi todas las organizaciones son conocedoras de la nueva normativa que afecta a la protección de los datos personales. Existe infinidad de información acerca del Reglamento General de Protección de Datos, además de la recientemente aprobada Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales. Ahora bien, hay un cierto desconocimiento en cuanto al modo en el que las empresas deben adecuarse a dicha normativa. Gran parte del problema reside en una falta generalizada de cultura de cumplimiento normativo, sobre todo cuando se trata de asuntos que se consideran tangenciales a la actividad de las organizaciones y que, en muchos casos, lo vemos más como un imperativo legal que como una oportunidad para la empresa. Además, la anterior Ley Orgánica de Protección de Datos, de 1999, no tenía en cuenta el desarrollo digital en el que estamos inmersos ahora, donde las organizaciones están obligadas a digitalizarse para seguir siendo competitivas. Con la nueva normativa, pasamos a modelos de gestión muy específicos para cada empresa que, además de ayudar a la organización a cumplir con lo especificado en relación a la protección de los datos personales que ésta trata, nos obliga... leer más
Introducción a la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
El pasado 7 de diciembre, entró en vigor, definitivamente, la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. La misma, tiene como objetivo el adaptar el ordenamiento español al Reglamento General de Protección de Datos, aprobado el pasado 25 de mayo de este mismo año. Además, incorpora una novedad muy importante, ya definida en su título y en el art. 1b, que es garantizar los derechos digitales de la ciudadanía conforme al mandato establecido en el artículo 18.4 de la Constitución. A este efecto se destinan nada menos que 19 artículos de esta ley, dejando clara la importancia que tiene la regulación de la parte digital del tratamiento de datos personales, entendiendo que, cada vez más, los medios que se van a utilizar para estos tratamientos son y serán digitales. Por eso, cada día más, cobra especial importancia la ciberseguridad en las organizaciones, dado que es la principal fuente de amenazas. De hecho, destina todo el Título X a desarrollar el catálogo de derechos digitales. Se hace hincapié en la necesidad de reforzar la formación en materias TIC, tanto para alumnos, como para profesores (competencias digitales), de modo que podamos estar preparados para afrontar el futuro que ya está aquí. Por otro lado, retoma todos aquellos puntos referentes a la legitimación, alcance e información en los tratamientos de datos personales, así como del ejercicio de los derechos de los interesados, sin introducir novedades con respecto a lo ya establecido en el Reglamento General, excepto en la edad legal para poder prestar el consentimiento explícito, que se fija en los 14 años. Se trata por tanto de simplificar y hacer... leer más
Nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos Personales
Nos acercamos a la fecha definitiva para la entrada en vigor del nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos Personales, 25 de mayo, que conllevará la derogación de la anterior Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, la cual data de 1999, por lo que su obsolescencia es obvia ya que se debe dar respuesta a la nueva realidad, sobre todo en el área digital, y al gran cambio que han supuesto las nuevas tecnologías en el tratamiento de los datos personales. Algunas organizaciones ya han empezado a implantar el nuevo reglamento, pero aún son muchas las que no han iniciado este trámite. Uno de los principales cambios de la nueva normativa consiste en el diseño de un modelo, diseñado específicamente para cada organización y que sea coherente con su funcionamiento real en esta materia. Ya no es necesario inscribir ficheros en la Agencia Española de Protección de Datos, que pasa a denominarse Organismo de Control y cuyas funciones son las de velar por el cumplimiento de la nueva normativa. La interacción de las organizaciones con la Agencia, se reducirán simplemente a posibles requerimientos que esta pueda hacer puntualmente en caso de denuncias, auditorías, etc. ¿Cuál es el objetivo del nuevo Reglamento Europeo?. El principal objetivo es concienciar a las organizaciones para que implanten modelos de cumplimiento de la normativa aplicable. Esta normativa es igual para todos los países miembros y para las organizaciones con sede en otros países no miembros de la Unión Europea, pero que desarrollen su actividad bajo su paraguas. Por ello, es importante empezar cuanto antes a implantar este modelo, ya que nos alejamos de... leer másNuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos. Aprobación, entrada en vigor y principales cambios.
Nuevo Reglemento Europeo de Protección de Datos. Principales novedades.
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Proceso de ajustes y concreción sobre la reforma introducida por la LO 1/2015
Este artículo analiza el proceso de ajustes y concreción sobre la reforma introducida por la LO 1/2015, que incorpora y concreta entre otros, nuevos aspectos en materia de responsabilidad penal de las personas jurídicas.
La circular de la fiscalía General del Estado 1/2016 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, vino a poner orden sobre todos aquellos aspectos incorporados al ordenamiento jurídico español desde la entrada Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio por la que se incorpora la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, todo ello fruto del incesante proceso de armonización internacional del Derecho Penal, el cual ha sido completado a nivel estatal con la reforma que incorpora la LO 1/2015, de gran calado en esta materia y básica por los contenidos que incorpora en nuestro derecho penal.
Día a día, doctrinal y jurisprudencialmente, asistimos a un paulatino proceso de concreción y ajustes de aspectos procesales y conceptuales que van marcando la pauta en cuanto a la correcta conceptualización sobre la llamada responsabilidad penal de las personas jurídicas y los denominados Planes de Prevención de Delitos o Compliance Penal.
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Nuevo Decreto que regula la instalación de desfibriladores en Asturias
Ya tenemos en fase de información pública el nuevo Decreto que regula la instalación y utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario, así como la formación y acreditación de las entidades formadoras para este uso. En el mismo, se recogen que establecimientos e instalaciones tienen la obligación de incorporar estos equipos para su utilización en caso de emergencia. Desde Excell Developments estamos convencidos de la necesidad de incorporar estos equipos en los espacios públicos, recreativos y en el entorno laboral, ya que está comprobado que podrían salvar muchas vidas. Llevamos más de tres años trabajando en esta línea para acercar los desfibriladores a público en general. Colaboramos estrechamente con profesionales del mundo de la Sanidad, con los que compartimos experiencias y conocimiento del problema que generan las enfermedades cardiovasculares. En España existe un déficit muy importante con respecto a otros países de nuestro entorno. Países como Francia, Alemania o Reino Unido tienen implantados desfibriladores de acceso público de manera que en casi cualquier lugar podemos disponer de uno en caso de emergencia. Iniciativas como esta de la Consejería del Sanidad del Principado son muy importantes porque acercan la solución al problema y se une a otras Comunidades Autónomas que también han legislado, tales como Andalucía, Cataluña y País Vasco. Esperamos que poco a poco, se vaya incorporando el resto de Comunidades. En el Principado de Asturias, muchas empresas privadas ya han implantado estos equipos. Empresas como Dupont, ThuyssenKrupp, Adaro Tecnología, Pullmans Llaneza, Aleastur, etc., han confiado en Excell la cardioprotección de sus instalaciones. Estas empresas ya utilizan desfibriladores en Asturias. También Ayuntamientos como el de Corvera han iniciado... leer más
Cardioprotección de la Real Federación de Futbol de Asturias
La Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias y Excell Developments llegan a un acuerdo por el cual, Excell Developments se convierte en la empresa que asesora en materia de cardioprotección a la Real Federación. Desde la Federación de Fútbol del Principado de Asturias ya han dado un paso muy importante incorporando desfibriladores en Asturias en los campos de fútbol. Las paradas cardíacas (PC) extra hospitalarias son un problema de primera magnitud para la salud pública. Se estima que cada año se producen en España más de 24.500 –de media, 1 parada cardíaca cada 20 minutos–, causando 4 veces más muertes que los accidentes de tráfico. Se calcula que en Europa el paro cardiorrespiratorio afecta a 700.000 personas. El 80 % de los paros son debidos a una enfermedad coronaria previa. Del 19 al 26 % de los incidentes coronarios agudos (SCA) se inician en forma de muerte súbita. La fibrilación ventricular es la responsable inicial de hasta un 85 % de las paradas cardíacas extra hospitalarias. La experiencia acumulada en estas décadas en las unidades de cuidados intensivos demuestra que la efectividad de la desfibrilación temprana en la recuperación de un ritmo cardíaco eficaz es del 90 % cuando es posible efectuar la desfibrilación en el primer minuto de evolución de la fibrilación ventricular (FV). Esta efectividad disminuye muy rápidamente; por cada minuto de retraso en desfibrilar se reduce la supervivencia en un 7-10 %. 10 minutos después del inicio de la fibrilación ventricular, las posibilidades de sobrevivir son mínimas. La estrategia que debe aplicarse para responder a la parada cardiaca descansa en los 4 eslabones, interrelacionados... leer más
Acuerdo de colaboración con la Unión de Comerciantes de Gijón y Carreño
El pasado mes de enero, Excell Developments y la Unión de comerciantes de Gijón y Carreño han llegado a un acuerdo de colaboración para que los asociados puedan beneficiarse de importantes descuentos en la contratación de los servicios de Prevención de Riesgos Laborales y LOPD. Estos servicios son obligatorios y desde Excell diseñamos la mejor propuesta para cada asociado que les haga ahorrar en la contratación. Si eres asociado de la Unión de Comerciantes y estás interesado en ampliar información o recibir una propuesta personalizada, puedes ponerte en contacto con nosotros. Correo: info@excell.es Teléfono:... leer más